Bonificación de la tasa por licencia de apertura de establecimientos
Obtener una bonificación en la cuota de la tasa por prestación de servicios urbanísticos para:
1. Las empresas que inicien su actividad en el centro de empresas del Caudal (70%).
2. Empresas que se instalen en los polígonos de Baiña, Sovilla, Loredo y Reicastro (60%)
3. Hoteles (60%) y casas rurales (70%).
4. Empresas que desarrollen su actividad en los campos de la agricultura, ganadería ecológica, silvicultura, micología, energías renovables y tratamiento y reciclaje sostenible de los recursos , explotación y aprovechamiento de los recursos del paisaje protegido, así como del patrimonio cultural, natural, industrial y etnográfico del municipio (60%).
El obligado tributario
En el momento de la solicitud de la licencia de apertura.
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento.
A través de la Sede Electrónica.
En los lugares indicados en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
RENTAS Y EXACCIONES
3 meses
Desestimatorio
Recurso de reposición en materia tributaria.
Ordenanza fiscal nº 2.05 Reguladora de la tasa por la prestación de Servicios Urbanísticos.
Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
INSTANCIA SOLICITUD