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04.06-Ayudas económicas para afrontar obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda habitual

Descripción
Conceder, en régimen de concurrencia, ayudas de carácter social dirigidas a apoyar económicamente a personas que residan en el municipio de Mieres y siempre que los solicitantes cumplan los requisitos establecidos.
Finalidad
Contribuir a los gastos de mantenimiento de la vivienda habitual con las personas que residan en el municipio de Mieres con escaso nivel de renta.
Quien lo puede Presentar

Cualquier persona o su representante legal

Plazos de Presentación
14/10/2025 00:00:00 - 27/10/2025 23:59:00
Presentación

Personas físicas:

Las solicitudes habrán de entregarse, debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes, por cualquiera de las vías recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

  • Presencialmente, en las oficinas de asistencia al registro del Ayuntamiento de Mieres.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros del resto de Administraciones Públicas.
  • Por vía electrónica, a través de sede electrónica del Ayuntamiento de Mieres (https://sedeelectronica.ayto-mieres.es), así como en los restantes registros electrónicos de las Administraciones Públicas.
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
Organo Gestor
Centro Municipal de Servicios Sociales
Plazo de resolución

 Seis meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente en que fue notificada y en todo caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo orden de Oviedo, dentro del plazo de dos meses, contados a partir del recibo de la notificación, o de la resolución del recurso de reposición; o en el de 6 meses desde que éste deba entenderse presuntamente desestimado. Todo ello de conformidad con lo que se dispone en los artículos 112,123 y 124 de la Ley 3972015 de 1 de octubre y 25 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.

La información sobre la recurribilidad procedente se efectúa sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente

Normativa básica
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Bases reguladoras de ayudas económicas municipales para afrontar obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda habitual.(BOPA nº 170 de 02 de septiembre de 2026).
Documentación relacionada
BOPA - Aprobación bases reguladoras

BOPA - Aprobación bases reguladoras

Información de la Convocatoria 2026

Información de la Convocatoria 2026

MI-04-06 Solicitud

MI-04-06 Solicitud ayuda económica para afrontar las obligaciones derivadas de la titularidad vivienda habitual

MI02-02-Ficha-de-acreedor

MI02-02-Ficha-de-acreedor.pdf

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación requerida
INSTANCIA
Solicitud MI04-06 debidamente cumplimentada y firmada.
Ficha de Acreedores
Ficha de Acreedores modelo MI02-02
DNI
Fotocopia de DNI o NIE para extranjeros de cada una de las personas mayores de 18 años empadronadas en la vivienda objeto de la solicitud.
Recibo IBI
Recibo abonado del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio anterior al año de la convocatoria
Declaración de la Renta
Declaración del Impuesto de las Personas físicas correspondiente al ejercicio del año anterior al de la convocatoria. Si no se tuviese obligación de presentar dicha declaración deberán aportar copia del Certificado de Imputaciones emitido por la Agencia Tributaria.
Modelo 130
En el caso de trabajadores por cuenta propia, modelo 130 del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al cuarto trimestre del año anterior a la solicitud.
Convenio regulador
En los casos de separación o divorcio, copia de la sentencia y/o convenio regulador en el que se especifiquen las obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda para cada cónyuge.
Documentación complementaria
Documentación a presentar en caso de no autorizar la consulta de datos
Acreditación de la AEAT
Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria
Acreditación de los Servicios Tributarios
Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con los Servicios Tributarios del Principado de Asturias
Acreditación de la TGSS
Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
Certificado catastral
Certificado catastral del solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad.
Prestaciones públicas
Prestaciones públicas del RPSP e Incapacidad Temporal, Maternidad y Paternidad, del Instituto Nacional de la Seguridad Social del solicitante y del resto de miembros de su unidad de convivencia
Prestación de desempleo
Certificado de los importes de prestación de desempleo percibidos en el ejercicio anterior al de la convocatoria, al Servicio Público de Empleo del solicitante y del resto de miembros de su unidad de convivencia
La solicitud esta fuera de plazo
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Ayuntamiento de Mieres
  • Plaza de la Constitución s/n. 33600 Mieres (Asturias)
  • 985466111 | Fax:985464529
  • info@ayto-mieres.es
  • www.mieres.es/
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