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04.06-Ayudas económicas para afrontar obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda habitual

Descripción
Conceder, en régimen de concurrencia, ayudas de carácter social dirigidas a apoyar económicamente a personas que residan en el municipio de Mieres y siempre que los solicitantes cumplan los requisitos establecidos.
Finalidad
Contribuir a los gastos de mantenimiento de la vivienda habitual con las personas que residan en el municipio de Mieres con escaso nivel de renta.
Quien lo puede Presentar

Cualquier persona o su representante legal

Plazos de Presentación
14/10/2025 00:00:00 - 27/10/2025 23:59:00
Organo Gestor
Centro Municipal de Servicios Sociales
Efecto del silencio Administrativo
No procede
Recursos

Se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente en que fue notificada y en todo caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo orden de Oviedo, dentro del plazo de dos meses, contados a partir del recibo de la notificación, o de la resolución del recurso de reposición; o en el de 6 meses desde que éste deba entenderse presuntamente desestimado. Todo ello de conformidad con lo que se dispone en los artículos 112,123 y 124 de la Ley 3972015 de 1 de octubre y 25 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.

La información sobre la recurribilidad procedente se efectúa sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Normativa básica
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Bases reguladoras de ayudas económicas municipales para afrontar obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda habitual.(BOPA nº 182 de 18-09-2020).
Documentación relacionada
Bases_reguladoras__BOPA_N_182_-_18-IX-2020

Bases_reguladoras__BOPA_N_182_-_18-IX-2020_.pdf

Convocatoria_BOPA Nº 193_03-X-2024

Convocatoria_BOPA Nº 193_03-X-2024

Extracto BOPA

Extracto BOPA

MI-04-06 Solicitud

MI-04-06 Solicitud ayuda económica para afrontar las obligaciones derivadas de la titularidad vivienda habitual

MI02-02-Ficha-de-acreedor

MI02-02-Ficha-de-acreedor.pdf

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación requerida
INSTANCIA
DNI
Fotocopia de DNI o NIE para extranjeros de cada una de las personas mayores de 18 años empadronadas en la vivienda objeto de la solicitud.
Recibo IBI
Recibo del IBI del ejercicio anterior al año de presentación de la solicitud
Declaración de la Renta
Copia de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio del año anterior al de la solicitud. Si no se tuviese obligación de presentar dicha declaración deberán aportar copia del Certificado de Imputaciones emitido por la Agencia Tributaria.
Ficha de Acreedores
Modelo 130
En el caso de trabajadores por cuenta propia, modelo 130 del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al cuarto trimestre del año anterior a la solicitud.
Ingresos
En situaciones de desempleo, copia de los ingresos que se hayan podido percibir por parte del Servicio Público de Empleo Estatal del año anterior al de la solicitud.
Certificado INSS
Copia del certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social que acredite si se reciben prestaciones de cualquier tipo.
Convenio regulador
En los casos de separación o divorcio, copia de la sentencia y/o convenio regulador en el que se especifiquen las obligaciones derivadas de la titularidad de la vivienda para cada cónyuge.
Documentación complementaria
La solicitud esta fuera de plazo
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Ayuntamiento de Mieres
  • Plaza de la Constitución s/n. 33600 Mieres (Asturias)
  • 985466111 | Fax:985464529
  • info@ayto-mieres.es
  • www.mieres.es/
Transición Financiado Ministerio